¿Quiénes Somos?
La Defensoría Universitaria es la encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria, conformada por docentes, estudiantes, graduados y trabajadores, y de velar por el mantenimiento del principio de autoridad responsable.
Es autónoma en el ejercicio de sus funciones, competente para conocer consultas, denuncias, quejas y reclamaciones vinculadas con la infracción de derechos individuales.


Principio de Actuación Defensoría Universitaria
Imparcialidad: El defensor universitario esta a disposición de todos los miembros de la comunidad universitaria que soliciten su actuación, de acuerdo con su competencia, y tendrá en consideración los intereses legítimos de las partes involucradas en el conflicto sin actuar como abogado de persona alguna ni de la institución universitaria.
Independencia y Autonomía: La Defensoría Universitaria no esta sometida a mandato imperativo alguno; asimismo, es autónoma en sus funciones por lo que no se ve influenciada por conflictos de interés de la universidad.
Gratuidad: Las intervenciones del defensor universitario a favor de los miembros de la comunidad universitaria son de manera gratuita.
Confidencialidad: Todas las comunicaciones dirigidas a la Oficina de Defensoría Universitaria serán consideradas en principio, confidenciales, para lo cual se guardará en reserva la información personal de los recurrentes, en cada uno de los procedimientos establecidos en el presente reglamento. El defensor universitario velará por que en la memoria o informe anual y las estadísticas presentadas se preserven la confidencialidad y se impida la identificación de las personas recurrentes.
Verdad Material: En el procedimiento, la Oficina de Defensoría Universitaria deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la Ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los recurrentes o hayan acordado eximirse de ellas.
Principio de Autoridad Responsable: Su naturaleza se encuentra vinculada con el respeto al orden jurídico, de manera que exigirá que cada autoridad cumpla adecuadamente con el mandato que le fue conferido por la normatividad y la Legislación Universitaria.
Reseña Histórica
La Defensoría Universitaria fue creada mediante Resolución del Consejo Universitario (RESOR SEGEN-UPCH-2015-CU-1147) del 10 de diciembre del 2015, como nuevo órgano de la UPCH encargada de la tutela de los derechos de la Comunidad Universitaria, en cumplimiento con la Ley Universitaria N° 30220. Por lo tanto, la Oficina de Servicio al Estudiante se convirtió en la Defensoría Universitaria. Asimismo, el 15 de diciembre del 2015 se designó como defensora universitaria a la Dra. Mary Fukuhara Nakama, siendo la primera docente en asumir dicho cargo.
Ley universitaria 30220 (Art. 133)
Se crean las Defensorías universitarias en el Perú, en cumplimiento al Art. 133.
RESOR SEGEN-UPCH-2015-CU-1147
El 10 de diciembre, se creó la Defensoría Universitaria a partir de la Oficina de Servicio al Estudiante y, se nombra a la Dra. Mary Fukuhara como defensora universitaria, siendo parte de la Oficina Universitaria de Bienestar Universitario, actual OUBE.
RESOR-SEGEN-UPCH-2017-CU-0104
La Defensoría Universitaria se convierte en un órgano autónomo de la OUBE en sus actuaciones, mediante resolución del 27 de febrero.
RESOR SEGEN-UPCH-2021-CU-0537
Se designa por Consejo Universitario al Mg. Mario Edgar Ríos Barrientos como defensor universitario, el 17 de junio.
RESOR-SEGEN-UPCH-2022-AU-0001
Mediante Informe Defensorial N° 01-2022, se solicita la modificación del ESTATUTO respecto de la elección del Defensor Universitario. Así, en la modificación del 21 de enero, se estableció que el Defensor Universitario es elegido por la Asamblea Universitaria, a propuesta del rector.
RESOR-SEGEN-UPCH-2023-AU-0001
El Mg. Mario Rios es elegido como defensor universitario por la Asamblea Universitaria, el 17 de febrero, por un periodo de 02 años.
RESOR-SEGEN-UPCH-2025-AU-0003
La Mg. Bertha Flores es elegida como defensora universitaria por la Asamblea Universitaria, el 14 de febrero, por un periodo de 02 años.
Comprometidos con nuestra comunidad
Somos el órgano encargado de la tutela de derechos y de velar por el mantenimiento del principio de autoridad responsable. Promovemos una cultura institucional de respeto, colaboración y cordialidad mediante la prevención y solución oportuna de conflictos, emitiendo recomendaciones, promoviendo que las autoridades cumplan sus responsabilidades, y mejoras en los procedimientos con enfoque intercultural y de género para garantizar el respeto de los derechos de la comunidad universitaria.
Contribuir a que la Universidad sea referente en la formación de ciudadanos para fortalecer la democracia y el Estado de derecho en el país, reconociéndose los miembros de la comunidad universitaria con derechos y obligaciones en el cumplimiento de los fines y objetivos de la Universidad
Intervenimos a solicitud de los integrantes de la comunidad universitaria y de oficio cuando de la observancia de los actos de la autoridad responsable, encontramos una fuente potencial de vulneración de derechos, nuestras actuaciones tienen como principio la imparcialidad, autonomía, gratuidad, confidencialidad, bajo la verdad material y el respeto del orden jurídico universitario.
Atendemos quejas, reclamos, consultas y denuncias que formulen los miembros de la comunidad universitariacuando consideren que se han vulnerado sus derechos según el marco legal del Perú y estatutario de Cayetano.
