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Defensoría Universitaria Cayetano

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Defensoría Universitaria Cayetano

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¿Quiénes Somos?

La Defensoría Universitaria, por Ley Universitaria 30220, es la encargada de la tutela de los derechos de los miembros de la comunidad universitaria (Estudiantes, Egresados, Docentes y Trabajadores) y de velar por el mantenimiento del principio de autoridad responsable.

Es autónoma en el ejercicio de sus funciones, competente para conocer tus consultas, denuncias, quejas y reclamaciones vinculadas con la infracción de derechos individuales.

Investigamos y elaboramos informes para mejorar los procedimientos académicos y administrativos, especialmente aquellos que generen conflictos, a fin de establecer estrategias de prevención y solución oportuna de conflictos universitarios.Para ello, emitimos recomendaciones a los órganos de gobierno de la Universidad en cumplimiento de su misión de protección de derechos de la comunidad Herediana.

Es competente para conocer las denuncias y reclamaciones que formulen los miembros de la comunidad universitaria vinculada con la infracción de derechos individuales.

Está a cargo del Defensor Universitario, designado por la Asamblea Universitaria a propuesta del rector.

Principio de Actuación Defensoría Universitaria

Imparcialidad: El defensor universitario es elegido como una persona imparcial la cual no está sometida a mandato imperativo alguno. Estará a disposición de todos los miembros de la comunidad universitaria que soliciten su actuación y tendrá en consideración los intereses legítimos de las partes involucradas en el conflicto sin actuar como abogado de persona alguna ni de la institución universitaria.

Independencia y Autonomía: La Defensoría Universitaria es un órgano independiente a los órganos de gobierno de la UPCH, asimismo autónoma en sus funciones por lo que no se ve influenciada por conflictos de interés de la universidad.

Gratuidad: Las intervenciones del defensor universitario a favor de los miembros de la comunidad universitaria (alumnos, egresados, docentes y personal no docente) son de manera gratuita.

Confidencialidad: Todas las comunicaciones dirigidas a la Oficina de Defensoría Universitaria serán consideradas en principio, confidenciales, para lo cual se guardará en reserva la información personal de los recurrentes, en cada uno de los procedimientos establecidos en el presente reglamento. El defensor universitario velará por que en la memoria o informe anual y las estadísticas presentadas se preserven la confidencialidad y se impida la identificación de las personas recurrentes.

Verdad Material: En el procedimiento, la Oficina de Defensoría Universitaria deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la Ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los recurrentes o hayan acordado eximirse de ellas.

Principio de Autoridad Responsable: Su naturaleza se encuentra vinculada con el respeto al orden jurídico, de manera que exigirá que cada autoridad cumpla adecuadamente con el mandato que le fue conferido por la normatividad y la Legislación Universitaria.

Reseña Historica

La Defensoría Universitaria, nace de la Oficina de Servicio al Estudiante, que en su transición en cumplimiento a la Ley Universitaria 30220, se crea mediante Resolución del Consejo Universitario (RESOR SEGEN-UPCH-2015-CU-1147) el 10 de diciembre del 2015 como nuevo órgano en la UPCH encargada de la tutela de los derechos de la Comunidad Universitaria. De manera que mediante esta resolución se designó como Defensora Universitaria a la Dra. Mary Fukuhara Nakama a partir del 15 de diciembre del 2015, dado su desempeño con gran solvencia como encargada de la Oficina de Servicio al Estudiante.

2014

Ley universitaria 30220 (Art. 133)

Se crean las Defensorías universitarias en el Perú, en cumplimiento al art. 133

2014

2015

(RESOR SEGEN-UPCH-2015-CU-1147)

El 10 de diciembre, se creó la Defensoría Universitaria a partir de la Oficina de servicio al estudiante y, se nombra a la Dra. Mary Fukuhara,

2015

2017

(RESOR-SEGEN-UPCH-2017-CU-0104)

La Defensoría Universitaria se convierte en un órgano independiente en sus actuaciones, mediante resolución del 27 de febrero del 2017, deja de depender de OUBU

2017

2021

(RESOR SEGEN-UPCH-2021-CU-0537)

Se designa como Defensor Universitario al Mg Mario Edgar Ríos Barrientos a partir del 17 de junio, hasta la actualidad.

2021

2022

RESOR-SEGEN-UPCH-2022-AU-0001

Mediante Informe Defensorial N° 01-2022, se solicita la modificación del ESTATUTO respecto de la elección del Defensor Universitario. Así, en la modificación del 21 de enero, se estableció que el Defensor Universitario es elegido por la Asamblea Universitaria, a propuesta del rector.

2022

Comprometidos con nuestra comunidad

Somos un organismo, encargado de la tutela de derechos y de velar por el mantenimiento del principio de autoridad responsable. Promovemos una cultura institucional de respeto, colaboración y cordialidad mediante la prevención y solución oportuna de conflictos, emitiendo recomendaciones, promoviendo que las autoridades cumplan sus responsabilidades, y mejoras en los procedimientos con enfoque intercultural y de género para garantizar el respeto de los derechos de la comunidad universitaria.

Contribuir a que la Universidad sea referente en la formación de ciudadanos para fortalecer la democracia y el Estado de derecho en el país, reconociéndose los miembros de la comunidad universitaria con derechos y obligaciones en el cumplimiento de los fines y objetivos de la Universidad

Intervenimos a solicitud de los integrantes de la comunidad universitaria y de oficio cuando de la observancia de los actos de la autoridad responsable, encontramos una fuente potencial de vulneración de derechos, nuestras actuaciones tienen como principio la imparcialidad, autonomía, atención gratuita, absoluta confidencialidad, bajo la verdad material y el respeto del orden jurídico universitario.

Atendemos quejas, reclamos, consultas y denuncias que formulen los miembros de la comunidad universitaria (Estudiantes, Egresados, Docentes y Trabajadores) cuando consideren que se han vulnerado sus derechos según el marco legal del Perú y estatutario de Cayetano.

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Defensoría Universitaria Cayetano Heredia

Pabellón Carlos Monge (2do piso) – Campus Central
Av. Honorio Delgado 430, Urb Ingeniería, Lima – Perú

Atención de 8:00 a 17:45 – Lunes a Viernes

defensoria.universitaria@oficinas-upch.pe

(511) 319-0000 anexo 201121

913-985-924